viernes, febrero 23, 2007

El derecho a bloguear

Poco a poco, aunque sostenidamente, los weblogs o bitácoras digitales ganan imagen y poderío como medios de comunicación social aun cuando eso no se haya traducido todavía en normas legales específicas. Su identidad se ampara primordialmente en el derecho democrático y constitucional a expresarse en forma libre y por cualquier medio, lo que, por supuesto, no los exime de reglas destinadas no a coartar esa libertad sino a asignarles un lugar en la comunicación pública y en la sociedad.

Derechos Digitales, una organización no gubernamental encabezada por abogados e ingenieros chilenos, mantiene actualizado un
Guía Legal del Blogger, elaborado con base en un documento similar de otra institución sin fines de lucro, la estadounidense Electronic Frontier Foundation.

He aquí una selección de respuestas -no textuales- de dicha ONG a algunas dudas comunes en los blogueros. La legislación citada es la vigente en Chile, por lo que en algunos casos estas reglas sirven como marco de orientación general y en otros dependen de las normas propias de cada país.

Libertad de expresión

· La libertad de expresión es inherente a todo ser humano y se aplica en todo ámbito del actuar de una persona, independientemente del soporte o plataforma que se utilice para expresar las ideas. Alcanza, por supuesto, a los blogs.

· Un blog es una vía a través de la cual se emiten opiniones, se expresan ideas, se informa y comunica.

· Los mensajes digitales que forman parte de un blog, cualquiera sea la forma que adopten -textos, gráficos, sonidos, animaciones, video- están protegidos por la garantía a la libertad de expresión, entendiéndola como el derecho de toda persona a expresar, transmitir, manifestar o exteriorizar su opinión, parecer o pensamiento a otros, por cualquier medio y sin presiones, reconociendo como única restricción que los individuos estén sujetos a responsabilidades posteriores.

Algunas de esas responsabilidades

· Aunque existe libertad absoluta sobre los contenidos de una bitácora, es posible que a través de las expresiones o ideas que emita un bloguero pueda incurrir en el delito de calumnia al hacer una falsa imputación de un delito (fulano es un ladrón) o de injurias, tratándose de toda expresión en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona (fulano es feo).

· La responsabilidad a la que están expuestos los blogueros en general no se agota en temas de responsabilidad penal (presidio), sino que puede haber además responsabilidad civil, es decir, la obligación de indemnizar con una determinada suma de dinero a la persona afectada por el contenido, como en el caso de infracción a la propiedad intelectual o de tratamiento abusivo de datos personales, entre otros.

Control judicial

· En la investigación de ciertos delitos graves, el juzgado competente puede autorizar la interceptación o grabación de las telecomunicaciones de una persona, lo que puede incluir los mensajes digitales que se originen o lleguen a un blog.

· Los prestadores de servicios de Internet están obligados a mantener copia de los registros de conexión de sus usuarios, lo que permite la individualización de éstos en caso de una investigación criminal.

Uso de material ajeno

· Se permite la cita de textos siempre y cuando se mencione al autor o la fuente.

· Está permitido publicar una fotografía si se cuenta con la autorización de su autor o si éste la publicó utilizando una licencia Creative Commons. No está permitido legalmente si no es posible identificar al autor o éste utilizó la expresión “Todos los derechos reservados” o alguna similar, o simplemente no dijo nada en el momento de publicarla.

Protección del material propio

· Al publicar contenidos bajo una licencia Creative Commons se está permitiendo que cualquier persona pueda utilizarlos en sus propios sitios o blogs bajo las condiciones que el autor establezca y sin necesidad de pedirle permiso expreso. Las condiciones son:
1. Autorizar o no su uso comercial
2. Autorizar o no su modificación
3. Obligar a quien los reproduzca a publicarlos también con una licencia Creative Commons.

Links

-No existen restricciones legales respecto de los enlaces (links).


Julio Frank S.

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